Las familias necesitan seguridad en las situaciones multijurisdiccionales derivadas de la adquisición de activos en otras jurisdicciones, el traslado de su residencia habitual o la transmisión del patrimonio entre generaciones cuando la localización del causante, los activos hereditarios, o los herederos, es de naturaleza compleja. Por ello, proporcionamos asesoramiento internacional práctico y estratégico en materia de planificación de herencias y sucesiones, incluyendo la asistencia y coordinación en la preparación de testamentos, pactos testamentarios, trusts inter vivos o mortis causa, sustitutos del testamento e instituciones similares a los trusts. Además, proporcionamos siempre soluciones integradas con la perspectiva fiscal, en coordinación con el área de Derecho Tributario, a fin de prever para el cliente las alternativas fiscales que pueden surgir en las sucesiones transfronterizas.
Desde el área de Familia y Sucesiones no contencioso, asistimos al testador en el diseño eficiente de su testamento español y su coordinación con los testamentos que convenga otorgar en otras jurisdicciones, de manera que se obtenga el resultado deseado en cuanto a eficiencia fiscal y pleno respeto a sus deseos en cuanto a la transmisión de activos hereditarios a la siguiente generación. Naturalmente, también asistimos a beneficiarios y herederos, así como a los albaceas, trustees y otros fiduciarios en las diferentes fases de la tramitación de la sucesión, así como en la administración en múltiples jurisdicciones de los activos hereditarios, preservando el patrimonio hereditario universal hasta su distribución final entre los beneficiarios designados por el testador.
En el ámbito del Derecho de familia internacional las soluciones preventivas que podemos aportar se refieren en primer lugar a la regulación del régimen económico matrimonial mediante la redacción de capitulaciones matrimoniales (iniciales, modificativas, confirmativas, etc.) que incluyan pactos de jurisdicción y pactos sobre la ley aplicable, a fin de adecuar el negocio jurídico a la naturaleza multijurisdiccional de la situación familiar y aportar seguridad jurídica en un ámbito que es objeto de frecuentes discordancias entre ordenamientos jurídicos. Para las parejas no casadas un equivalente funcional de lo anterior es la firma de acuerdo de convivencia que regule las consecuencias patrimoniales de su relación. En segundo lugar, las capitulaciones matrimoniales permiten asimismo incluir pactos con relación a un futuro divorcio y, en este sentido, adaptamos la técnica del prenuptial agreement del ámbito del Common Law a la práctica habitual española. Estos pactos con vistas a un futuro divorcio incluidos en capitulaciones matrimoniales habrán de estar coordinados con el prenuptial agreement que ya haya sido ‒o vaya a ser‒ firmado en el extranjero según la localización de las circunstancias familiares. En tercer lugar, podemos asistir a ambos cónyuges en la redacción de una propuesta de convenio regulador de su separación judicial o divorcio, cuando se prevea que el divorcio no será contencioso en vía judicial, en este sentido en España cabe el divorcio de mutuo acuerdo tanto por vía notarial como judicial.
Las personas mayores y vulnerables también forman parte de nuestra clientela. Protegemos su patrimonio mediante «Lasting Powers of Attorney» (poderes permanentes) en jurisdicciones de Common Law, y «poderes preventivos» en jurisdicciones de Civil Law, evitando así la necesidad del nombramiento judicial de curadores, con facultad de decisión sobre sus intereses personales y/o financieros.
Entre otros, desde nuestro departamento de familia y sucesiones (no contencioso) participamos con frecuencia en asuntos multijurisdiccionales y domésticos de la siguiente naturaleza:
- Pactos de convivencia, capitulaciones matrimoniales y acuerdos en previsión de ruptura matrimonial, con la perspectiva multijurisdiccional que requiera el asunto.
- Asistencia en la preparación de convenios reguladores para las situaciones de separación judicial y divorcio no contencioso, incluyendo el análisis fiscal de las medidas acordadas.
- Análisis y emisión de opiniones sobre alternativas de planificación sucesoria internacional, teniendo en cuenta las normas sobre determinación de la autoridad competente, las normas de conflicto en presencia, las normas sucesorias potencialmente aplicables y las consecuencias tributarias en cada una de las jurisdicciones implicadas.
- Elaboración de testamentos universales o territoriales, pactos sucesorios y otras disposiciones de última voluntad, con designación de la ley aplicable.
- Asesoramiento en alternativas a la vía testamentaria como las donaciones, los seguros de vida, etc.
- Asesoramiento sobre el régimen fiscal de la empresa familiar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Asistencia en materia de derecho societario y sucesorio para asegurar la continuidad de la empresa familiar, incluyendo protocolos familiares.
- Declaración notarial de herederos ab intestato, aceptación y adjudicación de herencia (operaciones particionales).
- Asesoramiento al albacea y contador-partidor, especialmente en relación con el executor testamentario o el administrador de la herencia intestada designado en el extranjero (Probate), respecto del cumplimiento de sus funciones en España.
- Elaboración de dictámenes de ley (affidavits) sobre la validez de testamentos otorgados en España o conforme a ley española, para su aportación en procedimientos de Probate
- Elaboración de poderes preventivos notariales para situaciones de futura discapacidad (Lasting Powers of Attorney).
- Medidas de apoyo a adultos mayores en situación de discapacidad (nombramiento de curador), así como reconocimiento en España de medidas otorgadas en el extranjero.


